Devolución del IVA a maquiladoras, en 20 días

Roberto Morales
Las empresas que cuenten con proveedores cumplidos en sus obligaciones fiscales obtendrán una serie de beneficios del gobierno federal, entre ellos la devolución del IVA a las importaciones temporales en un periodo de 10 a 20 días, dependiendo del grado de certificación que obtengan.
Estas concesiones aplicarán para las empresas que operan el programa de maquila o exportación conocido como IMMEX, el recinto fiscalizado, el de ensamble y fabricación de vehículos y el de recinto fiscalizado estratégico.
Las reglas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las compañías interesadas deben contar con alguna de tres certificaciones: “A”, “AA” (con una inversión de al menos 50 millones de pesos, entre otros requisitos) y “AAA” (con inversiones mínimas de 100 millones de pesos).
A las empresas “AAA” se les devolverá el IVA en 10 días. Su certificación tendría una vigencia de tres años. Contarán con 60 días de prórroga para corrección en caso de autodeterminación y podrán presentar pedimentos (trámites para importar o exportar) consolidados mensuales.
Uno de los requisitos de este beneficio consiste en que al menos 70% del valor de las operaciones realizadas en México y vinculadas a su actividad preponderante, durante el ejercicio inmediato anterior, se haya realizado con proveedores que cuenten con opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Los cambios son consecuencia de que el Congreso de la Unión aprobó cobrar IVA (16%) al momento de internar importaciones temporales, un impuesto recuperable si los productos comprados se incorporan a las exportaciones, y dio oportunidad de obtener un crédito fiscal a 100% para que las empresas realicen ese pago (al igual que el del IEPS), bajo ciertas condiciones.
TRANSPARENCIA
“Esto dará mayor transparencia y certeza de que las transacciones son legales”, comentó Daniel Romero, ex presidente del Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index).
A las firmas AA se les devolverá el IVA en 15 días. La vigencia de su certificación será de dos años. La prórroga para corrección durará 30 días. Están condicionadas a que 40% del valor de sus operaciones se haya realizado con proveedores cumplidos fiscalmente. A las empresas con certificaciones A se les devolverá el IVA en 20 días. Su certificación durará un año y no se les exigirá que sus proveedores hayan cumplido con sus obligaciones fiscales.
Fuente: El Economista en línea, Empresas, 03-04-2014